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¿Qué hago si mi promotora se declara en suspensión de pagos? — Pregúntame

22 de Julio de 2008 · Clasificado en: Vivienda , trackback

Juan M. C. nos ha lanzado esa pregunta al aire, así que buscando buscando….:

La crisis del ladrillo no deja un sólo día de cobrarse víctimas, la más comentada últimamente es la de Martinsa-Fadesa con una deuda que asciende a 5100 millones de euros, pero cómo ésta grande en el sector hay cientos de inmobiliarias-promotoras-constructoras que progresivamente están cayendo.

Y con estas caídas, surge un gran problema social referente a todas aquellas familias que han comprado un piso en estas inmobiliarias y se ven ante la tesitura de qué hacer para recuperar el dinero que ya han invertido o su piso.

Existen dos casos bien diferenciados ante este problema, por un lado están aquellos pisos que están finalizados o a punto de concluirse, y por otro lado están aquellas viviendas que no se han empezado. ¿En qué caso se encuenta y cuáles son los pasos a seguir?

En ambos casos, debemos esperar al auto del Juez sobre este proceso, siendo previsible que dictamine que los proyectos de obra que tenga mas avanzados se terminen y se entreguen a sus compradores (en base al propio objeto del concurso de acreedores que no es otro que la empresa en cuestión siga con su actividad y termine los proyectos que generen un mayor rendimiento para la misma).

1-Quiero recuperar mi dinero

Las asociaciones de consumidores aconsejan a los propietarios que en ningún caso dejen de pagar, puesto que con ello se estaría incumpliendo el contrato y se perdería así el derecho a recuperar las cantidades entregadas. Se aconseja que, en caso de no estar interesado ya en la compra de la vivienda, se resuelva el contrato, pero que, en ningún caso, se deje de pagar.

El interesado puede reclamar la devolución del dinero en dos casos, cuando la empresa no entrega la vivienda adquirida y en el caso de que se superen los plazos previstos.

En base a la legislación vigente, las empresa está obligada a garantizar la devolución de las cantidades entregadas más el 6% de interés anual, a través de un seguro o por un aval prestado por una entidad.

Para cobrar, el pejudicado tiene que mandar un escrito a la empresa a través de un medio que garantice la recepción, donde tiene que indicar que, ante el incumplimiento del contrato, se pide su resolución con la devolución de las cantidades entregadas.

Si la empresa aún así no le entrega su dinero, puede dirigirse a la entidad bancaria que avala las cantidades entregadas a la compañía, para solicitarle a ella su devolución. Es necesario llevar el escrito enviado a la inmobiliaria y un documento que acredite el incumplimiento del contrato. Se puede consultar el nombre de las entidades avalistas en el contrato de compra-venta o, en su defecto, en un documento de pago. Si no tenemos este dato en ninguno de los dos, podemos solicitar la información a la inmobiliaria, y si ésta no se la otorga, sería necesario presentar una diligencia preliminar en el juzgado solicitando el auxilio judicial para obtener el nombre de la entidad avalista.

¿Qué pasa si el dinero que uno entrega no cuenta con aval? La inmobiliaria habrá incumplido con la legislación vigente, con lo que puede poner una denuncia a la empresa por su infracción y para poder cobrar el dinero debido unirse al concurso de acreedores en el juzgado de lo mercantil que lleve el proceso. Una vez que el Auto determine las medidas cautelares, los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto al patrimonio, el carácter del concurso, así como el nombramiento de los administradores concursales, los acreedores tienen un mes de plazo para comunicar al juez las deudas contraídas con la empesa. Si se trata de un concurso voluntario como en el caso de Martinsa Fadesa, la inmobiliaria podrá gestionar su patrimonio bajo la supervisión de los administradores concursales. Es importante que los usuarios se pongan en contacto con la administración concursal, cuando esta esté formada para poder organizar las acciones legales de defensa de sus intereses.

2-Quiero el piso

Usted bien puede optar por la entrega del piso que usted compró en su día. En este caso, pueden surgirle dos controversias, que el piso se lo den fuera del plazo acordado, o que se lo den pero que cuente con imperfecciones.

Para el primer supuesto, la empresa que construye por ley nos tiene que decir una fecha de entrega (puede ser un día concreto o un plazo de tiempo determinado como por ejemplo antes de finalizar Junio de 2008). Si pasa el plazo fijado y no le entregan el piso, ésto supone una ilegalidad por parte de la empresa que puede ser denunciada ante el órgano competente de la respectiva Comunidad Autónoma, con la imposición de una sanción.

Otro supuesto distinto es que le den el piso pero éste en mal estado. Lo primero claro es acudir a la empresa que te ha vendido la vivienda, y si ésta no quiere llevar a cabo las obras necesarias para subsanar el/los defecto/s, podemos establecer una reclamación ante las empresas que han construido el inmueble (podemos mirar el nombre de estas empresas en el certificado final de obra). La FACUA apunta que si los defectos se producen en aspectos relacionados con la estructura o la cimentación del inmueble, los afectados podrían echar mano del seguro decenal (obligatorio para rodas las promotoras, según la Ley de Ordenación de la Edificación).

Via | MercadoAlquiler

Comentarios»

1. Eva Gutiérrez - 17 de Noviembre de 2008

Compre una vivienda en octubre del 2006 sobre plano, me la tenian que dar en el primer trimestre de 2009, se han adelantado las obras y la vivienda ya esta terminada, a la espera de hacer la hipoteca y recoger las llaves.
El problema es que yo he cambiado de trabajo y con lo que gano ahora es justo la hipoteca que me sale, con lo cual ningun banco me da el prestamo. Ademas cuando me compre la vivienda estaba saliendo con una persona, que seria con la que pediria la hipoteca, ya no estoy con esa persona.
En diciembre terminan mis pagos a la promotora, ¿puedo recuperar el dinero entregado?, son 21.800€.
Muchas gracias.